viernes, 22 de enero de 2016

UIT 2016 - S/. 3950 - Comentarios, Beneficios y Perjuicios



Para este año 2016 por DecretoSupremo Nº 397 – 2015 – EF se aprobó como índice de referencia en normas tributarias el de Tres Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Soles (S/. 3950.00); ante esto, muchos ciudadanos se preguntan cuál es el beneficio o perjuicio que les trae este incremento, es por este motivo que estimé conveniente publicar este artículo para que se informen y manifiesten su parecer ante el aumento de la UIT.

BENEFICIOS


Impuesto a la Renta
Se verán beneficiados quienes generen rentas de quinta categoría y se encuentren en planilla, para estos casos, teniendo en cuenta las 7 UIT señaladas por ley, solo estarían afectados quienes perciban ingresos mayores o iguales a S/. 27,650.00 soles, tomándose en cuenta tanto los 12 sueldos y las dos gratificaciones.
Cabe resaltar que la diferencia entre la actual UIT y la anterior es de S/. 100.00 soles por lo que la diferencia entre el monto mínimo para quedar afecto al impuesto a la renta se aumentó en S/. 700.00 soles tanto para la cuarta como la quinta categoría, quienes sobrepasen el monto mínimo serán afectados de la siguiente manera:

SUELDO
Monto
Diferencia con
la Anterior UIT
Afectación
Porcentual IR
Menor a 7 UIT
Menos de S/. 27.650
S/. 700
No afecto
Entre 7 UIT  Y 12 UIT
De S/. 27650 a S/. 47.400
S/. 700 a S/. 1200
8%
Entre 12 UIT y 27 UIT
De S/. 47.400 a S/. 106.650
S/. 1200 a S/. 2700
14%
Entre 27 UIT y 42 UIT
De S/. 106.500 a S/. 165.900
S/. 2700 a S/. 4200
17%
Entre 42 UIT y 52 UIT
De S/. 165.900 a S/. 205.400
S/. 4200 a S/. 5200
20%
Más de 52 UIT
Más de S/. 205.400
S/. 5200
30%


Los que tengan ingresos de cuarta categoría (emitan recibo por honorarios) por montos menores a S/. 34,562.00 no se verán afectados por el impuesto a la Renta.

Vivienda


La Adquisición de viviendas mediante el crédito MIVIVIENDA permitirá que inmuebles de mayor valor sean considerados, ya que dicho crédito permite comprar viviendas que se encuentren entre las 14 UIT y 70 UIT; de esta manera más ciudadanos podrán ser beneficiados con mejores propiedades cuyos valores van entre los S/.55.300 y S/.276.500.


 PERJUICIOS

Multas

Las multas por ser un porcentaje de la UIT se verán directamente afectadas, por lo tanto, las sanciones tendrán un valor pecuniario más alto, por ejemplo, las multas de tránsito por infracciones tales como:

Infracción
Porcentaje de la UIT
Monto a Pagar
Conducir en Estado de Ebriedad
50 % UIT
S/. 1975.00
Ocasionar un accidente de Tránsito
100 % UIT
S/. 3950.00

El aumento de la sanción pecuniaria se presenta como una alternativa para reprimir todo tipo de conductas negativas para los intereses del Estado y la  colectividad.

COMENTARIO FINAL
Ante estas circunstancias, se debe decir que el aumento de la UIT cumple con las expectativas de económicas de costo – beneficio, debido a que resulta provechoso en términos generales que los contribuyentes tengan un poco más de poder adquisitivo y a la vez puedan dinamizar la economía con un aumento en sus gastos e inversiones diarias.

Por otro lado, los créditos MIVIVIENDA brindarán un desarrollo en el sector inmobiliario, generando un avance importante en la calidad de vida de las personas,  e importantes ganancias del sector que se reflejarán en un crecimiento económico.

Finalmente, como ya hemos visto, las multas no son garantías de que se dejen de cometer ilícitos o se corrijan las infracciones y conductas negativas, en muchos casos el aumento de la multa genera más actos de corrupción de los encargados de imponerlas, ya que se presta al negociado para librar estas sanciones, no obstante, si se cumpliera la ley con justicia y lealtad, el cambio sería evidente, ya que serían reprimidos los infractores y se evitaría cometer cualquier acto irregular en todo sentido para no ser afectado por multas.

3 comentarios:

  1. La ilustración es buena, sin embargo seria bueno saber a que se debe que cada año suba la UIT?, a quien favorece?, al Estado o al ciudadano común y corriente?, un ejemplo para ilustrar. Un taxista si comete una infracción pagará en base a la UIT osea S/.3950, en muchos casos ellos no ganan ni S/.1,000.00 al mes, y pagar una multa de S/. 3950 solo lo empobrecerá, puesto que no podrá pagarlo. Creo que el aumento de la UIT solo favorece a cierto grupo, pero no a la gran mayoría de la población..... Gracias por su aporte

    ResponderEliminar
  2. La ilustración es buena, sin embargo seria bueno saber a que se debe que cada año suba la UIT?, a quien favorece?, al Estado o al ciudadano común y corriente?, un ejemplo para ilustrar. Un taxista si comete una infracción pagará en base a la UIT osea S/.3950, en muchos casos ellos no ganan ni S/.1,000.00 al mes, y pagar una multa de S/. 3950 solo lo empobrecerá, puesto que no podrá pagarlo. Creo que el aumento de la UIT solo favorece a cierto grupo, pero no a la gran mayoría de la población..... Gracias por su aporte

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Existe un beneficio directo al Estado en cuanto a la recaudación tributaria y las multas; y a los contribuyentes en cuanto a los límites para no pagar impuestos, recordemos, que muchos de estos contribuyentes tienen pequeñas y microempresas que quedarán exonerados del impuesto a la renta; y en cuanto los taxistas, el gremio debería plantear una menor sanción que sea solo la media UIT, para que no resulten directamente perjudicados, saludos cordiales y gracias por tu comentario.

      Eliminar

Sus Comentarios son muy importantes, escríbenos:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...